Unión Europea y Reino Unido: las implicaciones de la definición de un acuerdo

Continúa la continuación de las negociaciones para la gestión de la situación tras la salida de Gran Bretaña de la Unión Europea con la atención del Parlamento Europeo, que se mantiene firme en su solicitud de poder disponer cuanto antes del texto final, para poder evaluar todos los aspectos técnicos y legales de un tema que promete ser difícil de entender incluso para los burócratas más experimentados de Bruselas. Sin tener disponible el texto final, la ratificación podría posponerse después del 31 de diciembre de 2020 y, por lo tanto, exceder los términos del acuerdo transitorio; en ese caso la posibilidad de un acuerdo definitivo se haría más concreta y las relaciones entre las dos partes se regirían por el acuerdo comercial mundial, con la consecuencia de poner en peligro un volumen de negocios, que solo para las importaciones y exportaciones ronda los 500.000 millones de euros anuales. Si los aspectos referentes a la regulación para la garantía de medidas de competencia competitiva avanzan hacia una definición, que podría garantizar el acceso de las empresas británicas al mercado europeo de forma prácticamente ilimitada, el punto más difícil de resolver sigue siendo: pescar. Se trata de un asunto simbólico para el gobierno conservador, con un impacto casi irrelevante en el producto interior bruto del Reino Unido, pero que en el imaginario colectivo del partido partidario de la salida de la Unión, representa el máximo ejercicio de su soberanía, junto con el voluntad de gestionar la inmigración de forma totalmente autónoma. En materia de pesca, la solicitud europea es poder disponer de un período de transición, de seis a diez años, para permitir el acceso a la flota europea, pero que afecta en mayor medida a los buques pesqueros de Francia, a aguas británicas, que garantizan 50% capturado por buques de la Unión. El objetivo de Londres es una negociación año a año, que no permite la planificación industrial a Europa y sobre todo da una indudable ventaja a los británicos, que tendrían la posibilidad de reducir sustancialmente las cuotas de acceso e incluso reducirlas por completo. Se trata de una perspectiva inaceptable para la Unión y que daría lugar a una reducción casi automática del acceso de los productos británicos al mercado europeo en proporción a la cuota de derechos de pesca reducida por Londres. Si estas dudas mutuas no se resuelven en el plazo acordado, un posible acuerdo podría entrar en vigor provisionalmente a partir del primero del año y luego ser votado por el Parlamento Europeo. Esta eventualidad, sin embargo, no es del agrado de la Comisión Europea, que teme un control preventivo sobre sus decisiones, una decisión ciertamente democrática pero capaz de ralentizar decisiones que requieren una mayor celeridad de decisión, también porque el acuerdo con el Reino Unido, en su procedimiento , debería sentar un precedente para otras situaciones similares. Si en esta decisión entendemos la necesidad y urgencia de la decisión, sin embargo, el temor de la Comisión no parece justificado de cara al futuro, sino más bien la necesidad de un proceso claro y adecuadamente regulado, que pueda conciliar la necesidad de celeridad. decisión, con la necesaria participación en el parlamento, que es siempre el órgano representativo elegido por los ciudadanos europeos. Volviendo a las negociaciones, también hay que prestar atención al equilibrio que afectaría un acuerdo privilegiado con Reino Unido: otros países que tengan acuerdos separados con Bruselas podrían solicitar renegociar los términos de colaboración. Hay que recordar que ninguna nación puede disfrutar de acceso al mercado europeo, el más rico del mundo, sin cuotas y aranceles y este privilegio se otorgaría a los británicos por primera vez: si las ventajas económicas pueden ser considerables, desde un punto de vista político esto una concesión parece una especie de derrota, porque no sanciona a los que querían salir de Europa en nombre de una soberanía que contrasta plenamente con los principios europeos; el deseo de salvar puestos de trabajo y cuotas de mercado representa una justificación suficiente, también por el valor de los intercambios, pero debe ser la única excepción para no degradar el peso y el prestigio de la Unión Europea; entonces, si Reino Unido continúa con su intransigencia, es mejor abandonar todas las negociaciones porque las repercusiones negativas serán mayores para Londres, que tendrá que volver a lidiar con posiciones de inferioridad.

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